Código Nacional de Policía y Convivencia
Gestión ambiental
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El Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016) en una droguería, con énfasis ambiental, es la normativa que regula comportamientos para proteger el ambiente (agua, aire, flora, fauna) y la salud pública, sancionando acciones como el manejo inadecuado de residuos, contaminación o afectación a especies silvestres, y establece deberes para propietarios y empleados, buscando una convivencia armónica y sostenible, con sanciones que van desde comparendos hasta suspensiones, sin perjuicio de la legislación ambiental especial. ¿Qué es y cómo se aplica?
- Es una ley preventiva: Busca orientar el comportamiento humano para la convivencia pacífica, no solo para castigar, sino para prevenir problemas que afecten la seguridad, tranquilidad, ambiente y salud pública.
- Enfoque ambiental: El Código, especialmente en su Título IX, regula comportamientos contrarios a la preservación del agua, aire, flora y fauna, aplicable a establecimientos como droguerías.
- Protección del entorno: Obliga a las droguerías a manejar residuos, evitar derrames, no afectar el espacio público o áreas verdes, y proteger la fauna y flora cercana, fomentando el uso responsable de los recursos naturales.
Comportamientos contrarios a la convivencia ambiental en una droguería
- Manejo de residuos: No arrojar basuras a la calle, ríos o cuerpos de agua; disponer adecuadamente los medicamentos vencidos o caducados y otros residuos químicos.
- Afectación a la flora y fauna: No dañar árboles, plantas o animales silvestres, ni permitir su presencia inadecuada en el establecimiento o alrededores.
- Contaminación del aire y agua: Evitar olores ofensivos, humo, o descargas de sustancias que afecten el aire y el agua circundante.
- Incumplimiento de deberes: No permitir el ingreso a las autoridades para inspecciones o no acatar órdenes de policía relacionadas con el ambiente.
Medidas Correctivas y Sanciones
- Órdenes de Policía: Mandatos para superar comportamientos contrarios a la convivencia.
- Comparendos: Imposición de multas pecuniarias.
- Suspensión temporal de la actividad: Puede aplicarse si la droguería reincide en la actividad que causa la afectación ambiental.
- Actividades pedagógicas: Participación en programas de interés público sobre convivencia y medio ambiente.
- Remisión a autoridades ambientales: Las sanciones policiales son sin perjuicio de las sanciones establecidas por la legislación ambiental específica (como la autoridad ambiental local).
En resumen, una droguería debe acatar el Código Nacional de Policía y Convivencia para operar de forma respetuosa con el ambiente, cumpliendo deberes específicos sobre manejo de residuos, y evitando la contaminación para no ser objeto de medidas correctivas, garantizando así la salud pública y la sostenibilidad ambienta
Juan Rodrigo Daza Bejarano
Dirección de Formación
Droxi Colombia SAS
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